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Los ediles fundamentaron su presentación en la celeridad y poca trasparencia del tratamiento en el Concejo: una sesión extraordinaria, sin copias para los bloques de oposición, con un expediente en donde brillaban por su ausencia informes técnicos tanto de Asesoría Legal del Municipio como del propio Contador, como tampoco sin consulta previa al tribunal de Cuentas, que tiene competencia y puede asesorar en la materia.
Los ediles radicales se ampararon en el artículo 244 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que establece que "Todo acto de inversión de fondos ejecutado el margen de las normas constitucionales, legales y de ordenanzas, lleva implícita la presunción de perjuicio. La prueba en contrario corresponde personal y directamente al funcionario. Si éste no la aportara, el Tribunal de Cuentas podrá requerirla por sus propios medios y dictar sentencia sobre la base de lo actuado".
En cuanto a los boletines oficiales, en setiembre del 2009 el Concejo Deliberante en pleno reclamó al Intendente Jorge Rodriguez Erneta que publique sus actos de gobierno, cuaestión que no ha cumplido aún, y en marzo se cumplirán dos años de la aparicion del último boletín.
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